La fuerza de la realidad: la reciente ley de técnicas de reproducción humana asistida del Uruguay
- Autores
- Herrera, Marisa; Lamm, Eleonora
- Año de publicación
- 2013
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Cruzando el Río de la Plata, los hermanos uruguayos han sancionado hace pocos días -más precisamente el 12 de noviembre de 2013- su primera ley integral de técnicas de reproducción humana asistida (en adelante, TRHA o ley a secas). Se trata de una gran deuda pendiente, como acontece en la gran mayoría de los países de la región, no siendo casualidad sino causalidad, que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su rol de máxima instancia judicial en materia de Derechos Humanos para todos aquellos Estados que han ratificado la Convención Americana de Derechos Humanos y cuya jurisprudencia resulta de aplicación obligatoria so pena de generar responsabilidad en el plano internacional, haya tenido que tomar postura clara y precisa sobre uno de los temas más sensibles que despierta el uso de las TRHA: la naturaleza jurídica del embrión, aclarando que no es persona en los términos y con la protección que prevé el art. 4.1 del Pacto de San José de Costa Rica. Uruguay puede darse el lujo de vanagloriarse de ser uno de los primeros países en América Latina -porque en el derecho comparado de otros continentes son muchos los países que tienen leyes de TRHA- en contar con una ley integral de TRHA (como nosotros con la ley 26.618 de matrimonio igualitario o posteriormente, con la ley 26.743 de identidad de género) porque es un Estado laico de hecho y de derecho. En ese contexto, resulta sencillo o innegable centrar el debate de una ley en aspectos técnicos médico- jurídicos y bioéticos, con argumentos avalados por la ciencia y apoyados en el desarrollo de la doctrina internacional de los Derechos Humanos y el consecuente reconocimiento de los diferentes derechos que involucra el uso de las TRHA como ser, el derecho a formar una familia o el derecho a gozar de los beneficios de la ciencia, el derecho a la procreación, al libre desarrollo de la personalidad, a la identidad, a la privacidad, y a la dignidad por mencionar los más evidentes.
Fil: Herrera, Marisa. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
Fil: Lamm, Eleonora. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina - Materia
-
Ley Especial
Reproducción
Asistida
Embriones - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/
- Repositorio
- Institución
- Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
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